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DERECHO INTERNACIONAL

Exequátur en España: cómo hacer valer una sentencia extranjera

Actualizado: 9 de octubre de 2026 · Lectura: 6 min

Una sentencia dictada fuera de España, por ejemplo un divorcio en Brasil, una custodia o una condena al pago de una deuda, no produce efectos automáticamente en España. Para que los produzca hay que obtener su reconocimiento y, si debe ejecutarse, el exequátur. Le explicamos cómo funciona.

Qué es el exequátur

Es el procedimiento judicial para declarar el reconocimiento de una resolución judicial extranjera y, en su caso, autorizar su ejecución en España. Una vez reconocida, la resolución puede producir en España los mismos efectos que en el Estado de origen.

Primero: qué norma se aplica a su caso

La Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil es subsidiaria. Antes se aplican, por este orden:

  1. Las normas de la Unión Europea y los tratados internacionales en los que España sea parte.
  2. Las normas especiales del Derecho español, por ejemplo las de la Ley del Registro Civil para inscribir resoluciones extranjeras.
  3. La Ley 29/2015, cuando no hay norma europea, tratado ni norma especial.

Sentencias de Brasil

España y Brasil tienen un Convenio de cooperación jurídica en materia civil (Madrid, 13 de abril de 1989). Cubre las decisiones en materia civil, mercantil y laboral, pero excluye, entre otras, las sentencias constitutivas o declarativas sobre estado civil y derecho de familia (como el divorcio), salvo las obligaciones de pago que deriven de ellas; los alimentos de menores; y las sucesiones. En esas materias rige la ley interna de cada Estado; en España, la Ley 29/2015.

Qué resoluciones pueden reconocerse

Cómo es el procedimiento en España

  1. Juzgado competente: el Juzgado de Primera Instancia del domicilio de la persona frente a la que se pide el reconocimiento, o de la persona a la que se refieren sus efectos.
  2. Abogado y procurador: son obligatorios. Puede solicitarse asistencia jurídica gratuita si se cumplen los requisitos.
  3. Documentos: original o copia auténtica de la sentencia, legalizada o apostillada; prueba de la firmeza; si se dictó en rebeldía, prueba del emplazamiento; y traducciones al español.
  4. Oposición: se da traslado a la otra parte, que dispone de 30 días para oponerse. El Ministerio Fiscal interviene siempre.
  5. Resolución: el juzgado resuelve por auto, recurrible en apelación.

Cuándo se deniega

El juez no revisa el fondo del asunto. Solo puede denegar el reconocimiento, entre otros casos, si la sentencia es contraria al orden público, si se vulneraron los derechos de defensa (por ejemplo, un demandado no emplazado correctamente), si el tribunal extranjero carecía de una conexión razonable con el asunto, o si es incompatible con otra resolución. Cabe también el reconocimiento parcial.

El camino inverso: una sentencia española en Brasil

En Brasil, las decisiones extranjeras se homologan ante el Superior Tribunal de Justiça (STJ). El Código de Processo Civil brasileño prevé que el divorcio consensual extranjero produzca efectos en Brasil sin homologación; si la sentencia incluye además custodia, alimentos o reparto de bienes, esos aspectos requieren homologación. Nuestro despacho tramita los dos sentidos: España y Brasil.

Le ayudamos

Analizamos qué norma se aplica a su resolución, preparamos la documentación (apostilla y traducción jurada) y presentamos la demanda de exequátur o la homologación ante el STJ.

Solicitar consulta

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el análisis de su caso concreto.

Fuentes oficiales: Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil (BOE-A-2015-8564) · Convenio de cooperación jurídica en materia civil España–Brasil, 13/04/1989 (texto oficial, Senado Federal de Brasil)