PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Escrito de impulso: qué hacer si tu expediente lleva meses parado

Actualizado: 17 de octubre de 2026 · Lectura: 5 min

¿Presentaste tu solicitud y el expediente sigue «en trámite» desde hace meses? El escrito de impulso es la primera herramienta para exigir a la Administración que resuelva. Si tu caso aún no tiene resolución, podemos presentar un escrito de impulso por ti. Te explicamos qué es, en qué se basa y cuándo conviene usarlo.

¿Qué es un escrito de impulso?

Es un escrito que el interesado, o su abogado, dirige al órgano que tramita el expediente para pedirle que lo resuelva. No es un recurso: no impugna ninguna decisión. Es una petición formal que deja constancia, con fecha de registro, de que la Administración ha superado su plazo y de que el interesado exige una resolución.

¿En qué se basa legalmente?

La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ofrece varios apoyos:

¿Cuándo conviene presentarlo?

Cuando ya ha vencido el plazo máximo para resolver y el expediente no se mueve. Antes de ese momento, el escrito tiene poco recorrido. También es útil cuando has aportado documentación tras un requerimiento y no hay noticias, o cuando necesitas la resolución por una razón concreta: un contrato de trabajo, un viaje o la caducidad de otro documento.

Lo que el escrito de impulso no hace

Guías por tipo de trámite

Preguntas frecuentes

¿Qué es un escrito de impulso?

Una petición formal al órgano que tramita tu expediente para que lo resuelva, cuando ya ha vencido el plazo legal.

¿Se puede presentar online?

Sí. Puede presentarse en el registro electrónico de la Administración competente o en cualquier otro registro electrónico público (Ley 39/2015, art. 16.4).

¿Es obligatorio contar con abogado?

No. Cualquier interesado puede presentarlo, aunque un escrito bien fundamentado y con la urgencia acreditada tiene más fuerza.

¿Puede perjudicar a mi expediente?

No. Pedir que se resuelva es un derecho del interesado y no cambia los requisitos con los que se valora tu solicitud.

¿La Administración tiene plazo para contestar al escrito?

La ley no fija un plazo propio para él; lo que existe es la obligación de resolver el procedimiento principal.

Cómo te ayudamos en Trámites FK

Revisamos el estado de tu expediente, calculamos si el plazo ha vencido y redactamos el escrito adecuado a tu caso, o te indicamos si conviene ir directamente a otra vía. Atención online en todo el mundo.

¿Tu caso aún no tiene resolución? Podemos presentar un escrito de impulso.

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el análisis de tu caso concreto.

Fuente oficial: Ley 39/2015, de 1 de octubre, texto consolidado (BOE-A-2015-10565)